Aug 10, 1991

Procedimiento de aplicacion a la UNPO


Procedimiento de aplicación

Los artículos 5 a 9 del Convenio de la UNPO estblecen las disposiciones y reglas que rigen la Participación.
El convenio de la UNPO se puede obtener en la red: http://www.unpo.org

La participación está abierta a todas la Naciones y Pueblos que no esten adecuadamente representados en las Naciones Unidas y cuyos cuerpos representativos, como definidos en el Artículo 6, satisfacen todos los requesitos presentes en el Título II.

Futuros paricipantes tienen que:
1) Creer en la iguldad de todas la Naciones y de todos los Pueblos y en su derecho inalienable a la auto-determinación.
2) Adherir a los estándares de derechos humanos internacionalmente aceptados.
3) Adherir al principio de pluralismo democrático y renunciar al totalitarismo o toda forma de intolerencia religiosa.
4) Renunciar al terrorismo como instrumento político.
5) Respetar a todos los Pueblos y grupos de étnicos, incluidas las minorías y mayorías de población que se encuentren dentro de los territorios habitados por el participante pero pertenecientes a grupos étnicos, religiosos o lingüísticos diferentes.

El futuro participante eventual tiene que ser una Nación o un Pueblo, poseer la voluntad de ser identificado como una Nación o Pueblo, y estar ligado a una herencia común que puede ser histórica, racial, étnica, religiosa o territorial.

El futuro participante también puede ser una parte de un Pueblo, que constituya una minoría, y vivir en una porción de su territorio ancestral, el cual se encuentre incorporado a un Estado otro que al Estado representado por este Pueblo.

La palabras claves son:
Pueblo : Según la definición internacionalmente aceptada del Pueblo.
Minoría : Sección de un pueblo viviendo en una parte de su territorio ancestral.
Territorio ancestral : En principio, un territorio es ancestral cuando ha sido habitado por un Pueblo por 500 años o más.


Etapas del procedimiento de aplicación:
Después de que el futuro participante haya completado la aplicación, la Secretaría Internacional de la UNPO recolectará información sobre el candidato de terceras personas e investigará la afirmaciones del participante.
Esta investigación será incluida en un informe.
El informe será presentado a la junta Directiva la cual decidirá si dar, o no, una recomendación positiva a la Asemblea General con el fin de que el candidato sea aceptado como miembro de la UNPO.
La asemblea General decidirá formalmete sobre la aceptación del candidato como nuevo miembro.

 

Aplicación para adherirse a la UNPO


1. Nombre de la Nación o del Pueblo

2. Nombre de la Organización que representa a la Nación o al Pueblo

3. Nombre y cargos de los representantes

4. Dirección, teléfono, fax y correo electrónico de la organización

5. ¿ Por qué considera usted que su Pueblo o Nación tiene características distintivas?
Según el artículo 6(a) del Convenio de la UNPO, una Nación o un Pueblo es un “grupo de seres humanos que tienen voluntad de ser identificados como una Nación o un Pueblo y determinar su destino común como Nación o como Pueblo, y que están unidos por una herencia común ya sea de carácter histórica, racial, étnica, lingüística, cultural, religiosa o territorial.” O “una parte de un Pueblo que constituye minoría, que habita en una parte de su territorio ancestral, incorporado a un Estado distinto del Estado que lo representa”.

6. Una breve historia de su Nación o Pueblo (Artículo 7 (a) )

7. Las razones que motivan el deseo de hacerse miembro de UNPO (Artículo 7(b))

8. Evidencias adecuadas sobre el reconocimiento del Organo Representativo como el organo preeminente del pueblo que el intenta representar (Artículo 7(c))

Por favor, incluir también: a) información sobre la estructura de la organización

b) información acerca del caracter de su organización (Gobierno, cuerpo legislativo, movimiento de liberación u otro organo)

c) información relativa al reconocimiento de la organización como líder y como organo representativo del pueblo)

d) información si la organización es una asociación de coordinación u otra tipo de asociación que representa dos o más órganos de liderazgo de una Nación o Pueblo o de más de una Nación o Pueblo.

9. Las características que definen a su organización

10. Calquier otra organización que diga que representa a su Pueblo o Nación

11. Une declaración formal de la voluntad de adherirse al Convenio de la UNPO (Artículo 7 (d): lucha pacífica)

 

Mandar la aplicación a la direción siguiente: [email protected]